Enero17

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domingo, 14 de febrero de 2016

Nuestros pueblos originarios.



A la llegada de los Españoles, los Lencas ocuparon la llamada provincia de Chaparrastique "lugar de hermosas huertas". Se caracterizaron particularmente por practicar una agricultura basada en el cultivo del maíz y el frijol en ciclos de tres cosechas por año, por lo que heredaron la modalidad de agricultura denominada: quema y rosa. A cada tribu de Lencas le correspondía un territorio delimitado distribuido en cacicazgos cuyas poblaciones estaban bajo el mando de un cacique. En el momento de la conquista Española, los pueblos se organizaban en tres clases:
Casta Sacerdotal, La clase noble, los Vasallos y los esclavos.


Algunos de los principales asentamientos Lencas corresponden con las actuales áreas de los distritos de Sensuntepeque, Ilobasco, San Vicente, San Sebastián, San Miguel, Usulután entre otros.

domingo, 11 de noviembre de 2012

Resumen oficial de la querella en el caso de Los Jesuitas


NI PERDON NI OLVIDO
 
Resumen de la estructura de la querella contra los presuntos autores del asesinato de los jesuitas en El Salvador (16-11-1989)
Madrid, 13 de noviembre de 2008 Introducción Jurisdicción Acusación Popular:

Asociación Pro Derechos Humanos de España (APDHE) Centro de Justicia y Responsabilidad (CJA), San Francisco, California Representantes legales: Almudena Bernabeu, Abogada Internacional de CJA y Vicepresidenta de la APDHE Manuel Ollé Sesé, Abogado, Doctor en Derecho y Presidente de la Asociación Pro Derechos Humanos de España, APDHE Carmen Lamarca, Abogada, Doctora en Derecho y Vicepresidenta de la Asociación Pro Derechos Humanos en España, APDHE Acusados: Autoría (directa)

General Humberto Larios, general y Ministro de Defensa General René Emilio Ponce, coronel y jefe del Estado Mayor conjunto de de las Fuerzas Armadas Salvadoreñas General Juan Rafael Bustillo, comandante de las Fuerzas Aérea Salvadoreña General Juan Orlando Zepeda, vice Ministro de Defensa Coronel Inocente Orlando Montano, comandante de la Primera Brigada de InfanteríaCoronel Francisco Elena Fuentes, comandantes de la Primera Brigada de Infantería Coronel Guillermo Alfredo Benavides, director de la Escuela Militar Teniente Coronel Carlos Camilo Hernández Barahona, Asistente del director de la Escuela MilitarTeniente José Ricardo Espinoza Guerra, miembro del Batallón Atlacatl Segundo Teniente Gonzalo Guevara Cerritos, miembro del Batallón Atlacatl Soldado raso Oscar Mariano Amaya Grimaldi, asignado al Batallón Atlacatl

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Sargento Antonio Ramiro Avalos Vargas, asignado al Batallón Atlacatl Cabo Ángel Pérez Vásquez, asignado al Batallón AtlacatlSargento Segundo Tomás Zárpate Castillo, asignado al Batallón Atlacatl Soldado raso José Alberto Sierra Ascencio, asignado al Batallón Atlacatl

Responsabilidad como Cómplice: Alfredo Cristiani Burkard, a la sazón Presidente de El Salvador y Jefe de las Fuerzas Armadas Introducción Principales conceptos generales y términos militares Hechos: Resumen de los hechos: la masacre de los Jesuitas y sus dos empleadas el 16 de noviembre de 1989 en la Universidad Centroamericana, "José Simeón Cañas" (UCA). Contexto histórico y antecedentes. Reforma Agraria. Surgimiento de las Comunidades Cristianas de Base. El golpe de estado y el establecimiento de la Junta de Gobierno en 1979. Biografía de las víctimas y los hechos en relación a cada uno de ellos, (págs. 20-23). Relación de los crímenes y los cargos. La ofensiva del 13 de noviembre, 1989. El plan para llevar a cabo la masacre; los registros del 13 y 14 de noviembre, 1989 en la UCA. La reunión previa a planear la masacre, el 15 de noviembre, 1989. La masacre de los jesuitas el 16 de noviembre, 1989. Responsabilidad penal individual de los querellados. Autoría directa. Responsabilidad de mando. Empresa criminal conjunta. Cómplice. Ley de Amnistía de 1993. Cronología de los procesos legales en El Salvador. Juicio penal en El Salvador en 1990 (hincapié en las innumerables irregularidades del proceso). Querella presentada por la UCA en el año 2000. Fundamentos Jurídicos Jurisdicción: Audiencia Nacional de España y principio de justicia universal (art. 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Cuestiones procesales.

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Querella:

Cuestiones jurisdiccionales.

Ley de Amnistía de El Salvador.

Cosa Juzgada aparente o fraudulenta.

Imprescriptibilidad de los Crímenes de Lesa Humanidad

Los demandados son acusados de los siguientes crímenes:

Crímenes de Lesa Humanidad .

Asesinato en el contexto de crímenes de Lesa Humanidad

Terrorismo de estado.

Conclusión : 

Las acusaciones proponen las siguientes diligencias de prueba:

Interrogatorio de los querellados.

Testimonio de Juez Sidney Blanco, fiscal en el caso penal en El Salvador en 1990.

Henry Campos segundo fiscal en el caso penal de 1990.

Testimonio de Belisario Amadeo Artiga ex fiscal general del estado de El Salvador.

Testimonio de Carlos Méndez Flores, abogado defensor de los querellados en el proceso de 1990.

Testimonio de Erick Buckland, mayor del ejército estadounidense.

Testimonio del coronel Sigifredo Ochoa Pérez, Embajador de El Salvador en Honduras.

Copia de los documentos a la ONU, obtenidos en el curso de la investigación de la Comisión de la Verdad de la ONU en relación con la masacre de los jesuitas.

Solicitud al Ministerio de Defensa de El Salvador de todos documentos relevantes.

Observaciones


Para más información sobre la acusación visite

http://www.cja.org/cases/snc.shtml 
http://www.apdhe.org/noticias.htm

Los acusados aparecen con sus títulos actuales. Los rangos tras cada uno de los nombres refleja la posición de cada uno en el momento de la masacre. Los primeros catorce querellados lo son como autores directos del crimen. El último querellado, Alfredo Cristiani Burkard, está incluido en la querella como cómplice en el crimen. Todos los querellados son responsables por ser miembros de una misma empresa criminal conjunta.